Actividad de Asesoría

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¿QUÉ ES LA ACTIVIDAD DE ASESORÍA?

La asesoría es una actividad del mercado de valores que únicamente puede ser desarrollada por entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, como lo es ACCION, conforme a las normas, para que los inversionistas puedan tomar decisiones de inversión en fondos de inversión colectiva, en fondos voluntarios de pensiones o en otros productos financieros.

La asesoría es una actividad del mercado de valores que únicamente puede ser desarrollada por entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC), como lo es ACCION FIDUCIARIA, conforme a las reglas que disponen el funcionamiento de los elementos e instrumentos requeridos para que los inversionistas puedan tomar decisiones de inversión según lo previsto en las normas del mercado de valores.

Para el efecto las entidades vigiladas por la SFC deben elaborar el perfil del inversionista, establecer perfil del producto que le ofrecerán, realizar el análisis de conveniencia del producto para el inversionista, suministrar recomendaciones profesionales, entregar información relacionada con el producto y efectuar la distribución de los productos de conformidad con las reglas establecidas en atención a la calidad de los inversionistas y a las características de los productos, según lo dispuesto en las normas.

La actividad de asesoría, se debe hacer a través de personas naturales, las cuales deben estar inscritas en el Registro Nacional de Profesionales del Mercado de Valores -RNPMV de la SFC y contar con la certificación en la modalidad que les permita la realización de esta actividad. Lo anterior, sin perjuicio del uso de herramientas tecnológicas por las entidades, en los términos autorizados por las normas.

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MODALIDAD EN QUE SE SUMINISTRA LA ASESORÍA

Por principio, ACCION siempre suministrará asesoría bajo la MODALIDAD NO INDEPENDIENTE, por cuanto el análisis de los productos disponibles en que podría invertir el cliente se realizará respecto de los productos o fondos ofrecidos y/o administrados por ACCION o respecto de productos en los cuales ACCION puede recibir beneficios.

ACCION, por política, suministra la asesoría bajo la modalidad no independiente; lo cual quiere decir que:

  • La modalidad no independiente significa que el análisis de los productos disponibles en que podría invertir el cliente se realiza respecto de los productos o fondos ofrecidos y/o administrados por ACCION o respecto de productos en los cuales ACCION puede recibir beneficios.
  • La diferencia respecto de la modalidad independiente es que no se analizan otros productos disponibles en el mercado distintos a los fondos administrados por ACCION o de productos respecto de los cuales ACCION puede recibir beneficios. 
  • En el mercado relevante podrá existir otros productos disponibles para el inversionista, los cuales no son ofrecidos por ACCION. 
  • No obstante, los productos ofrecidos por ACCION tienen en cuenta el perfil del inversionista, del producto, su conveniencia y su distribución se realiza cumpliendo con las disposiciones legales que regulan la actividad de asesoría.
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CALIDAD DE LOS CLIENTES – CATEGORÍA Y PERFIL

En desarrollo de la actividad de asesoría ACCION debe clasificar a sus clientes que inviertan en los Fondos de Inversión Colectiva, en el Fondo Voluntario de Pensión o celebren negocios fiduciarios que tengan dentro de sus finalidades invertir en valores, en “inversionistas profesionales” o en “clientes inversionistas”; y a su vez, perfilar al “cliente inversionista” en alguno de los perfiles establecidos por la Fiduciaria de acuerdo a la evaluación de su situación personal.

CATEGORÍA DE LOS CLIENTES: Los clientes podrán tener la calidad de “Inversionista Profesional”, o de “Cliente Inversionista”.

Inversionista profesional: Serán,

El cliente que acredite a ACCION, al momento de la clasificación, un patrimonio igual o superior a seis mil (6.000) SMMLV y al menos una de las siguientes condiciones: 

    • Ser titular de un portafolio de inversión de valores igual o superior a tres mil (3.000) SMMLV, o 
    • Haber realizado directa o indirectamente quince (15) o más operaciones de enajenación o de adquisición, durante un período de sesenta (60) días calendario, en un tiempo que no supere los dos años anteriores al momento en que se vaya a realizar la clasificación del cliente. El valor agregado de estas operaciones debe ser igual o superior al equivalente a veintiún mil (21.000) SMMLV. 

Las personas que tengan vigente la certificación de profesional del mercado como operador, otorgada por un organismo autorregulador del mercado de valores.

  • Los organismos financieros extranjeros y multilaterales. 
  • Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia. 
  • Aquellos inversionistas clasificados como inversionista profesional, o su equivalente, en las jurisdicciones que hacen parte de la Alianza del Pacifico.

Cliente Inversionista: Será considerado cliente inversionista toda persona que no cumplan con las condiciones anteriormente indicadas.

PERFIL DE LOS CLIENTES:
El perfil del Cliente Inversionista corresponde a la evaluación de su situación financiera, intereses y necesidades para determinar el perfil de los productos en los cuales resulta conveniente la realización de inversiones. Para construir el perfil del cliente se debe analizar como mínimo la información que el mismo entregue sobre los siguientes aspectos: conocimiento en inversiones, experiencia, objetivos de inversión, tolerancia al riesgo, capacidad para asumir pérdidas, horizonte de tiempo, capacidad para realizar contribuciones y para cumplir con requerimientos de garantías.

Es obligación de los Clientes Inversionistas suministrar la información requerida para la elaboración y actualización del perfil del cliente. 

Los clientes inversionistas de ACCION podrán ser clasificados en alguno de los siguientes perfiles: 

  • Perfil conservador: Se considera al cliente inversionista CONSERVADOR como una persona que busca preservar su capital con alternativas de inversión que impliquen bajas volatilidades y altos niveles de liquidez. Ante diferentes opciones de inversión, preferirá aquella que minimiza el riesgo, sacrificando rentabilidad.  El perfil CONSERVADOR podrá tener inversiones en productos universales y en los clasificados como de riesgo bajo o conservador entre un 80% a 100% del total de los recursos invertidos en los productos, y, en los productos clasificados como de riesgo moderado, alto o agresivo en un 0% a 20% como máximo. 
  • Perfil moderado: Se considera al cliente inversionista MODERADO como una persona que busca obtener un equilibrio entre estabilidad y crecimiento del mismo. Para esto el inversionista está dispuesto a tolerar un mayor nivel de riesgo a través de activos de medianas volatilidades, incrementando la exposición a riesgos de mercado en búsqueda de mejores rentabilidades. El perfil MODERADO podrá tener inversiones en productos universales y clasificados como de riesgo bajo o conservador o moderado entre un 55% a 100% del total de los recursos invertidos en los productos, y, en los productos clasificados como de riesgo alto o agresivo entre un 0% a 45% como máximo. 
  • Perfil agresivo: Se considera al cliente inversionista AGRESIVO como aquel inversionista que busca obtener un importante crecimiento de su capital, para lo cual está dispuesto a tolerar un mayor nivel de riesgo a través de activos que pueden presentar altas volatilidades en sus inversiones para buscar maximizar su rentabilidad, aunque esto implique incrementar en forma significativa el riesgo de pérdidas de capital en forma temporal o definitiva. El perfil AGRESIVO podrá tener inversiones en los productos clasificados como de riesgo alto o agresivo hasta en un 100% del total de los recursos invertidos en productos, sin perjuicio de que pueda tener inversiones en productos de menor riesgo hasta en un 100%.

Regla especial de clasificación con perfil conservador:

Sin perjuicio del resultado obtenido, siempre se clasificará como perfil conservador a:

  • Las entidades públicas.
  • El cliente que no diligencie las preguntas para el perfilamiento de riesgo o que las diligencie en forma incompleta, sin perjuicio de que pueda ser modificado cuando actualice la información.
  • Los clientes que aporten recursos en calidad de adherentes de una unidad inmobiliaria a través de patrimonios autónomas; que invierten en productos universales, no será necesario que estén perfilados.

Clientes Inversionistas que no se perfilan: 

  • Los clientes que inviertan en productos perfilados como “Productos Universales”

MOMENTO EN QUE SE CATEGORIZA Y PERFILA EL CLIENTE:

La categorización del cliente y el perfil de riesgo se establecerá a través del formulario de vinculación en las secciones para la “Categorización del cliente” y para “Perfilamiento de riesgo” o en su actualización, que debe ser diligenciado por el cliente, a partir de preguntas sencillas y de fácil comprensión con respuestas parametrizadas.

Para facilitar la actualización del perfil del cliente inversionista, ACCION hará uso de los siguientes mecanismos:

  • Sitio web de la Fiduciaria – Centro de Negocios Virtual: A través del link parametrizado para tal fin.
  • Aviso automático: ACCION enviará de manera automática un aviso al correo electrónico informado por el inversionista, informando que debe actualizar su perfil de riesgo.
  • Campañas de actualización: ACCION Fiduciaria realizará campañas informando a sus clientes inversionistas la necesidad de mantener actualizados sus datos y su perfil.

El último perfil que tenga el cliente inversionista será informado en los extractos de los fondos o en las rendiciones de cuenta semestrales de los negocios fiduciarios que tengan como finalidad invertir en valores.

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PRODUCTOS – CLASIFICACIÓN Y PERFIL

Los productos, tales como Fondos de Inversión Colectiva, Fondo Voluntario de Pensión u otros productos financieros, que ofrezca ACCION a sus “clientes inversionistas” deben estar clasificados en productos “simples” o “complejos”, de acuerdo a diversos criterios tales como su complejidad, riesgos e información disponible; y a su vez debe perfilarlos y asignarles alguno de los perfiles establecidos por la Fiduciaria, para para determinar las necesidades de inversión que satisface y los potenciales inversionistas que podrían ser destinatarios del mismo.

CLASIFICACIÓN Y PERFIL DE LOS PRODUCTOS OFRECIDOS POR ACCION

Los productos que ofrece la Fiduciaria en desarrollo de la actividad de asesoría como intermediario de valores a los clientes inversionistas, tales como los Fondos de Inversión Colectiva (FIC), los portafolios y/o alternativas estandarizadas de los Fondos Voluntarios de Pensión (FVP), u otros productos financieros han sido clasificados y perfilados de la siguiente forma:

FONDOS DE INVERSIÓN COLECTIVA

CLASIFICACIÓN

PERFIL

PRODUCTO

Fondo de Inversión Colectiva Abierto ACCION UNO

Simple

Conservador

Universal

Fondo de Inversión Colectiva Abierto ARCO IRIS CONSERVADOR

Simple

Conservador

Universal

El Fondo de Inversión Colectivo Abierto ACCION 1525

Simpe

Conservador

Universal

Fondo de Inversión Colectiva Abierto ARCO IRIS DEUDA PRIVADA CON PACTO DE PERMANENCIA

Complejo

Agresivo

No aplica

Fondo de Inversión Colectivo Abierto ARCO IRIS TÍTULOS DE DEUDA PRIVADA CON PACTO DE PERMANENCIA

Complejo

Agresivo

No aplica

FONDO VOLUNTARIO DE PENSIONES

CLASIFICACIÓN 

PERFIL

PRODUCTO

Fondo Voluntario de Pensión “MULTIACCION” PORTAFOLIO RECAUDADOR

Simple

Conservador

Universal

Fondo Voluntario de Pensión “MULTIACCION” PORTAFOLIO BALANCEADO

Complejo 

Moderado

No aplica

Fondo Voluntario de Pensión “MULTIACCION” PORTAFOLIO A TÉRMINO SEMESTRAL RENOVABLE

Complejo

Moderado

No aplica

OTROS PRODUCTOS FINANCIEROS

CLASIFICACIÓN 

PRODUCTO 

PERFIL 

CONSERVADOR 

MODERADO 

AGRESIVO

SIMPLE

Los instrumentos de deuda, tales como bonos, CDT, papeles comerciales o similares que estén inscritos en una bolsa de valores colombiana y cuyo pago no esté subordinado al reembolso en poder de otros, que tengan fecha de vencimiento o rescate específica y que no tengan mecanismos de garantías sobre el principal o fuente de pago que resulte de difícil comprensión para el inversionista.

Calificación crediticia mayor o igual a AA+ o su equivalente (expresado en escala de calificación local de Fitch) y/o cuyo plazo remanente al vencimiento sea inferior o igual a 3 años 

Calificación crediticia menor a AA+ y mayor o igual a A o su equivalente (expresado en escala de calificación local de Fitch) y/o cuyo plazo remanente al vencimiento sea inferior o igual a 6 años 

Calificación crediticia menor a A o su equivalente (expresado en escala de calificación local de Fitch) y/o cuyo plazo al vencimiento sea  superior a 6 años 

SIMPLE

Las acciones inscritas en una bolsa de valores colombiana.

NA 

Las acciones que conforman la canasta del índice MSCI COLCAP de la BVC

Las acciones que no hagan parte de la canasta del índice MSCI COLCAP de la BVC

SIMPLE

Las operaciones repos y las operaciones simultáneas

– Repos sobre acciones que conforman la canasta del COLCAP de la BVC a un plazo de hasta 90 días.
– Simultáneas sobre títulos de renta fija perfilados como producto conservador a un plazo de 90 días

– Repos sobre acciones que conforman la canasta del COLCAP de la BVC a un plazo superior a 90 días y de hasta 180 días
– Simultáneas sobre títulos de renta fija perfilados como producto conservador a un plazo de 180 días.

– Repos sobre acciones que conforman la canasta del COLCAP de la BVC a un plazo mayor a 180 días.
– Simultáneas sobre títulos de renta fija perfilados como producto conservador a un plazo mayor a 180 días.

SIMPLE

 Los forwards y los futuros establecidos en los numerales 5.1.1. y 5.1.2 de la Circular Básica Contable y Financiera.

Los forwards y los futuros estandarizados que transan y están inscritos en bolsas o sistemas de negociación y se compensan y liquidan en una CRCC a un plazo máximo de 90 días sobre trm y tes cuyo plazo al vencimiento sea hasta 3 años

Los forwards y los futuros estandarizados que transan y están inscritos en bolsas o sistemas de negociación y se compensan y liquidan en una CRCC a un plazo superior a 90 días e inferior o igual a 180 días sobre el índice Accionario MSCI COLCAP y sobre tes cuyo plazo al vencimiento sea de hasta 6 años e inferior a 3 años

Los forwards y los futuros estandarizados que transan y están inscritos en bolsas o sistemas de negociación y se compensan y liquidan en una CRCC a un plazo superior a 180 días sobre acciones individuales y sobre tes cuyo vencimiento sea superior a 6 años

COMPLEJO 

 

 

-Las facturas cuyo pagador sea una entidad inscrita en la BVC y sean títulos valores registrados en RADIAN.
-Derechos fiduciarios inmobiliarios sobre inmuebles en operación y rentando.

Todos los productos clasificados como complejos de acuerdo con el numeral 7.1.4. del presente Manual salvo los indicados como Productos Complejos con perfil Moderado

Tipos de clasificación: Para la clasificación de los productos en “simples” o “complejos” se deberán tener en cuenta los siguientes criterios establecidos por la Superintendencia Financiera de Colombia en la Circular Básica Jurídica (CBJ).

  • Producto SIMPLE: Para efectos de clasificar un producto como simple, será aquel producto que cumpla con todos los siguientes criterios:
      • Productos que según su estructura son fácilmente comprensibles para los inversionistas en sus términos, riesgos, costos, rendimientos esperados y características.
      • Productos en los cuales la información sobre sus características, riesgos y costos sea transparente y de fácil acceso por parte del inversionista.
      • Productos en los cuales exista información disponible para el inversionista sobre su valor o precio o se negocien en sistemas de negociación de valores.
      • Productos en los cuales el inversionista tenga la posibilidad de salir de su posición en un término razonable y a precios razonables de mercado. El presente criterio no implica que los productos que incorporen limitaciones temporales para salir de la posición o penalidades por retiro anticipado, por este solo hecho, sean productos complejos.
  • Producto COMPLEJO: Se entenderá por producto complejo aquel que no cumpla con los criterios de los productos simples, y aquellos específicamente clasificados como tales por la SFC en la CBJ.

Tipos de perfil de los productos: Los productos ofrecidos por ACCION podrán tener el siguiente perfil:

  • Producto con Perfil Conservador: Serán aquellos productos cuyas inversiones están destinadas a preservar el capital de sus clientes, buscando un retorno estable de la inversión y tienen una tolerancia baja al riesgo. 
  • Producto con Perfil Moderado: Serán aquellos productos cuyas inversiones buscan un retorno acorde al riesgo asumido, con tolerancia al riesgo moderado. 
  • Producto con Perfil Agresivo: Serán aquellos productos cuyas inversiones buscan maximizar la rentabilidad de sus clientes, con una mayor tolerancia al riesgo y/o perdidas. 
  • Productos Universales: Son los productos, que estén previamente clasificados como productos simples y que por sus características de perfilamiento estén dirigidos y sean adecuados para cualquier tipo de inversionista, independiente del perfil del inversionista.
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RECOMENDACIÓN PROFESIONAL

Se entiende por recomendación profesional el suministro de una recomendación individual o personalizada a un “cliente inversionista”, que tenga en cuenta el perfil del cliente y el perfil del producto, para la realización de inversiones. ACCION suministrará una recomendación profesional a sus “clientes inversionistas” de conformidad con las disposiciones legales.

Se entiende por recomendación profesional el suministro de una recomendación individual o personalizada a un Cliente inversionista, que tenga en cuenta el perfil del cliente y el perfil del producto, para la realización de inversiones. 

Es así como, ACCION, a través de los profesionales, para efectos de brindar una recomendación profesional respecto de un producto al cliente inversionista, tiene en cuenta:

  • La modalidad no independiente, bajo la cual ACCION suministra la asesoría, la cual es informada debidamente al cliente al momento de su vinculación al tipo de producto o en la suscripción del contrato de un negocio fiduciario y conocido por el cliente.
  • El perfil de cliente, si es conservador, moderado o agresivo, el cual es establecido al momento de la vinculación a algún producto o en la suscripción del contrato de un negocio fiduciario y conocido por el cliente, o por la posterior actualización.
  • La clasificación del producto, si es Simple o Complejo, lo cual está disponible para el cliente el sitio web de ACCION, tanto para los FIC, FVP y otros productos, 
  • El perfil del producto, si es conservador, moderado, agresivo o universal, lo cual está disponible para el cliente el sitio web de ACCION, tanto para los FIC, FVP y otros productos.
  • La conveniencia del producto, que significa que el producto por su perfil sea adecuado para el perfil del cliente inversionista, dentro de la composición de su portafolio total en la Fiduciaria, lo cual está disponible para el cliente el sitio web de ACCION.
  • La entrega de información requerida en relación con los Productos Complejos, a través del prospecto si se trata de FIC o FVP o en los contratos de negocios fiduciarios, según corresponda.
  • Que los Productos Universales son distribuidos sin requerir recomendación profesional y el cliente no debe estar perfilado.
  • El derecho del cliente inversionista a renunciar a la recomendación profesional respecto de los Productos Simples, en forma general o individual respecto de dichos productos; y el deber del cliente de que dicha manifestación expresa quede consagrada en un medio verificable.
  • Los gastos y demás factores que influyen en el precio del producto ofrecido y/o el precio de la asesoría suministrada, como la remuneración de ACCION, se informa para los FIC y los FVP en el prospecto respectivo, y para los demás productos a través de negocios fiduciarios estarán en el contrato respectivo.
  • El derecho del cliente inversionista de apartarse de la recomendación profesional para invertir en productos de mayor riesgo y el deber del cliente de que dicha decisión quede consagrada en un medio verificable.
  • Los potenciales conflictos de interés son gestionados de acuerdo con las políticas y procedimientos consagrados en el COR_MAN_001 Manual Código de Gobierno Corporativo.

ACCION realizará el suministro de recomendación profesional a sus clientes inversionistas para los siguientes casos: 

  • Para la vinculación a los fondos de inversión colectiva (FIC) y de los portafolios y/o alternativas estandarizadas de los Fondos Voluntarios de Pensión (FVP) clasificados como Productos Complejos y Productos Simples.
  • Para la realización de operaciones sobre productos clasificados como Productos Complejos y Productos Simples a través de la celebración de negocios fiduciarios que tengan dentro de sus finalidades invertir en valores, respecto del cliente constituyente del negocio fiduciario. 
  • Cuando el cliente inversionista lo solicite o cuando sobrevenga una circunstancia que afecte de manera sustancial la inversión en los fondos de inversión colectiva (FIC) y de los portafolios y/o alternativas estandarizadas de los Fondos Voluntarios de Pensión (FVP) clasificados como Productos Complejos y Productos Simples.

No habrá lugar a suministrar recomendación profesional:

  • A los clientes clasificados como inversionistas profesionales.
  • A los clientes clasificados como clientes inversionistas que hayan renunciado a la recomendación profesional respecto de productos clasificados como Producto Simples.
  • A los clientes que inviertan en FIC o FVP que sean perfilados como Producto Universal.
  • En órdenes de “solo ejecución” cuando aplique.
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DISTRIBUCIÓN DE LOS PRODUCTOS

ACCION realizará la distribución directa de los Fondos de Inversión Colectiva y de los Fondos Voluntarios de Pensión que administra, En relación con productos distintos a los anteriores, distribuidos a través de negocios fiduciarios que tengan como objeto invertir en valores, será directa, pero utilizará los mercados, intermediarios o sistemas de negociación existentes y autorizaos por la regulación vigente y políticas actuales de la Fiduciaria para realizar la inversión o desinversión del cliente.

En la distribución de los productos se tendrá en cuenta su clasificación y perfil, la clasificación y perfil del cliente y el mercado objetivo de los productos.

Mercado objetivo de los productos: El mercado objetivo de los productos ofrecidos por la Fiduciaria es: 

PERFIL DEL CLIENTE INVERSIONISTACLASIFICACIÓN DEL PRODUCTOPERFIL DEL PRODUCTO
PRODUCTO SIMPLEPRODUCTO COMPLEJOCONSERVADORMODERADOAGRESIVOUNIVERSAL
CONSERVADORSISISIHasta el 20% del total de los recursos invertidos en los productosSI
MODERADOSISISIHasta el 45% del total de los recursos invertidos en los productosSI
AGRESIVOSISISISISISI
UNIVERSAL     SI FIC UNIVERSAL

Estrategia de distribución de los productos: ACCION realizará la distribución directa de los Fondos de Inversión Colectiva (FIC) y de los portafolios y/o alternativas estandarizadas de los Fondos Voluntarios de Pensión (FVP) que administra, sin perjuicio de que en algún momento decida distribuir fondos de terceros o que sus fondos sean distribuidos por terceros autorizados, lo cual implicará modificar la presente política.

En relación con productos distintos a los anteriores, distribuidos a través de negocios fiduciarios que tengan como objeto invertir en valores, será directa, pero utilizará los mercados, intermediarios o sistemas de negociación existentes y autorizaos por la regulación vigente y políticas actuales de la Fiduciaria para realizar la inversión o desinversión del cliente, cuando corresponda. 

La distribución de que trata los dos párrafos anteriores, será realizada por la fuerza comercial de ACCION con vinculación laboral, en forma presencial en o desde las oficinas de la Fiduciaria o en sitio seleccionado por el cliente, o mediante mecanismos de comunicación telefónica u otro similar, y la recomendación profesional cuando se requiera será prestada por una persona con la certificación requerida para el efecto por la regulación vigente.

Igualmente, ACCION podrá utilizar medios digitales en su sitio web para distribuir los FIC y los FVP, mediante mecanismos de vinculación digital a la Fiduciaria y selección digital del producto; y, en caso de requerirse el suministro de recomendación profesional por el tipo de producto seleccionado, la misma será suministrada en forma presencial, o mediante mecanismos de comunicación telefónica u otro similar y será prestada por una persona con la certificación requerida para el efecto por la regulación vigente.

En los proyectos inmobiliarios en los cuales los adquirentes de una unidad inmobiliaria o a una participación fiduciaria, deban realizar aportes en dicha calidad, lo realizarán en un FIC perfilado como Producto Universal, lo cual estará preestablecido en el contrato correspondiente.

Distribución de productos: 

  • Productos simples: La distribución de los Productos Simples con perfil conservador, moderado o agresivo, se podrá realizar de una de las dos siguientes formas:
      • Sin suministro de recomendación profesional: La distribución de estos productos sin el suministro de una recomendación profesional, se realizará cuando el cliente inversionista haya renunciado a su derecho a recibir dicha recomendación en forma expresa y escrita, sin perjuicio de la entrega de información respecto del producto.

Los clientes inversionistas podrán efectuar una renuncia a la recomendación profesional con carácter general respecto de aquellos Productos Simples a los cuales se encuentren actualmente vinculados, y sobre los cuales hayan realizado inversiones previas. 

      • Con suministro de recomendación profesional: Cuando el cliente inversionista adquiera un producto simple y no renuncie recibir una recomendación profesional, ACCION deberá proceder a dar la recomendación profesional a través de una persona con la certificación requerida para el efecto por la regulación vigente.
  • Productos complejos: En la distribución a todo Cliente Inversionista, independiente de su perfil de riesgo, de Productos Complejos sean estos con perfil conservador, moderado o agresivo siempre requiere del suministro de una recomendación profesional a través de una persona con la certificación requerida para el efecto de conformidad con la normatividad vigente.
  • Productos universales: Serán distribuidos de la siguiente forma,
      • El cliente no requerirá ser o estar perfilado, y tampoco se requerirá que su perfilamiento se encuentre actualizado.
      • Todo comercial o persona de la Fiduciaria podrá ofrecer un Producto Universal.
      • El producto deberá estar identificado como “Producto Universal” en forma clara en el prospecto.
      • En la distribución de este tipo de productos no se suministrará una recomendación profesional, de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo segundo del artículo 2.40.1.1.6. del Decreto 2555 de 2010.

Que sucede cuando cambia la categorización del cliente: Se actualizará la información del perfil en los sistemas de la Fiduciaria, y: 

  • Cuando un cliente pase a ser categorizado de inversionista profesional a cliente inversionista, las inversiones que realice posteriores al cambio de perfil a cliente inversionista, se cumplirá con las reglas de distribución previstas para ese tipo de cliente.
  • Cuando un cliente pase a ser categorizado de cliente inversionista a inversionista profesional, y habrá lugar a dar recomendaciones profesionales en las inversiones siguientes a dicho cambio.

Que sucede cuando cambia el perfil de riesgo del cliente inversionista: Se actualizará la información del perfil en los sistemas de la Fiduciaria, y:

  • Si un cliente inversionista cambia a un perfil de mayor riesgo, no habrá lugar a ajustar el portafolio vigente a la fecha del cambio de perfil, salvo que el cliente lo solicite.
  • Si un cliente inversionista cambia a un perfil de menor riesgo, para operaciones sobre productos que se quieran realizar con posterioridad al cambio del perfil, se tendrá en cuenta el nuevo perfil del cliente inversionista y éste podrá en cualquier momento solicitar la recomposición del portafolio.  

Que sucede cuando cambia la clasificación del producto: Se actualizará la información del perfil en los sistemas de la Fiduciaria, y:

  • En el evento en el cual, un producto pase de ser clasificado como un Producto Simple a ser clasificado como un Producto Complejo, se procederá a realizar las gestiones necesarias para suministrar la recomendación profesional a los clientes inversionistas que tengan inversiones en dicho producto. En el evento que no sea posible contactar al cliente en un plazo máximo de dos (2) meses contados a partir de la reclasificación, se enviará una comunicación informando la reclasificación enviando la nueva información del producto.
  • En el evento en el cual, un producto pase de ser clasificado como un Producto Complejo a ser clasificado como un Producto Simple, no habrá lugar a realizar ninguna actividad con el cliente inversionista.
  • En todo caso, cuando el cambio del perfil del producto sea en FICS o FVP´S no aplicará lo anteriormente indicado, cuando el cliente tenga derecho a retiro.

Que sucede cuando cambia el perfilamiento de un producto: Se actualizará la información del perfil en los sistemas de la Fiduciaria, y:

  • En el evento en el cual, un producto pase a ser re-perfilado a un mayor riesgo, se revisará la composición del portafolio del cliente inversionista, una vez realizado el cambio de perfil del producto a mayor riesgo, para revisar si cumple con la composición para el perfil de riesgo del cliente. En el evento de que no lo cumpla, se contactará al cliente para que tome la decisión de recomponer o no el portafolio, para lo cual se tendrá un plazo de tres (3) meses y se deberán analizar las condiciones de mercado. En el evento que no sea posible contactar al cliente en un plazo máximo de dos (2) meses contados a partir del re-perfilamiento, se enviará una comunicación informando el re-perfilamiento del producto y su efecto en el portafolio, para que se acerque o contacte a la Fiduciaria para el efecto.
  • En el evento que un Producto Universal sea re-perfilado y pase a ser un Producto con Perfil Conservador, Moderado o Agresivo, se le informará al cliente inversionista de dicho evento y se procederá a efectuar: i) el perfilamiento del cliente, en caso de que no lo esté, y ii) se procederá de acuerdo a lo indicado en el punto anterior. 
  • En todo caso, cuando el cambio del perfil del producto sea en FICS o FVP´S no aplicará lo anteriormente indicado, cuando el cliente tenga derecho a retiro.
  • En el evento en el cual, un producto pase de ser re-perfilado a un producto con menor riesgo no habrá lugar a realizar ninguna actividad con el cliente inversionista.
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TARIFAS Y COMISIONES

ACCION percibirá como único beneficio por la administración, gestión y distribución de los fondos de inversión colectiva (FIC) y de los portafolios y/o alternativas estandarizadas de los Fondos Voluntarios de Pensión (FVP) que administra la comisión establecida en los respectivos reglamentos de cada uno de los fondos, y no cobrará ninguna comisión adicional o diferente por el desarrollo de la Actividad de Asesoría en la distribución de los fondos administrados.

Para el caso de los negocios fiduciarios que tengan por objeto invertir en valores, tampoco se cobrará una comisión por la asesoría brindada al cliente, sin perjuicio de las comisiones que contractualmente se acuerden entre las partes y que obedezcan a la estructura propia del negocio planteado, las cuales quedarán consagradas en el contrato respectivo.

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RESPONSABLES DE LA EJECUCIÓN DE LA ACTIVIDAD DE ASESORÍA

Solo las personas, con vinculación laboral a ACCION, que se encuentren con certificación vigente del AMV, en la modalidad de asesor financiero, pueden desarrollar la actividad de asesoría de conformidad con el artículo 2.40.1.1.1 del Decreto 2555. Las personas autorizadas para desarrollar la Actividad de Asesoría son informadas en la presente sección.

NUESTROS PROFESIONALES CERTIFICADOS

En ACCION Fiduciaria contamos con profesionales certificados para asesorar sus intenciones de inversión y el nivel de riesgo que usted está dispuesto a asumir en nuestros fondos de inversión. A continuación, conozca como contactar a nuestros Directores de Negocios de inversión:

Bogotá: 

Medellín:

Cali:

Barranquilla:

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ENTREGA DE INFORMACIÓN GENERAL AL INVERSIONISTA

ACCION con el fin de velar que en la entrega de información general respecto de sus productos o en las interacciones con la entidad que no constituyan el ejercicio de la actividad de asesoría, no se incluyan contenidos que induzcan al receptor a pensar que está recibiendo una recomendación profesional respecto del producto, se regirá por las siguientes políticas:

  • La información general respecto de la actividad de asesoría y de los productos que ofrezca estará publicada en el sitio web de la Fiduciaria y/o entregada al inversionista.
  • En las publicaciones de tipo comercial de los productos que ofrezca en desarrollo de la actividad de asesoría, a través de cualquier medio, se abstendrá de recomendar la inversión en los productos sin que medie la recomendación profesional.
  • Los informes de investigación sobre inversiones y las comunicaciones de carácter general relativas a las mismas, que incorporen una descripción del producto y promuevan sus beneficios para los destinatarios, que remita ACCION a un inversionista, cualquiera sea el canal o medio de distribución, no se considerarán como una recomendación profesional.
  •  En desarrollo de las demás actividades permitidas dentro del objeto social de la Fiduciaria, distintas a la actividad de asesoría, será explicita en el sentido de que la misma no constituye actividad de asesoría y no es una recomendación profesional respecto del producto o servicio contratado, mediante una cláusula incorporada en los contratos correspondientes.
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OPERACIONES CON CONTRAPARTES CON CALIDAD DE CLIENTES INVERSIONISTAS

Se podrán realizar operaciones en el mercado mostrador con terceros categorizados como clientes inversionistas que tengan constituido un encargo fiduciario en la Fiduciaria, que tenga por objeto, efecto y finalidad única y exclusiva la realización de actividades de depósito de valores ante las entidades autorizadas para tal efecto por la SFC, bajo una subcuenta cuyo titular exclusivo será el constituyente del encargo; lo anterior, bajo el entendido que en este último evento ACCION en ningún caso actúa como administrador, gestor o custodio de valores y/o portafolios. Para este tipo de encargos fiduciarios, en adelante “encargos fiduciarios para depósito de valores” el contrato suscrito con el cliente incluirá en forma clara que dada la naturaleza del contrato ACCION podrá realizar operaciones en el mercado mostrador como contraparte con el cliente inversionista constituyente del encargo fiduciario.

Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el numeral 11 del artículo 3.1.1.10.1 del Decreto 2555 de 2010.

Se cumplirá con las etapas de la Actividad de Asesoría.

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